En este año el pago de utilidades puede diferirse en acuerdo con los trabajadores
La Paz.-Al estar dentro del plazo para el pago de utilidades, el titular de la Secretaría del Trabajo y Desarrollo Social (STDS) del gobierno estatal, Gustavo Hernández Vela Kakogui, propuso que trabajadores y patrones busquen acuerdos para cubrir la prestación, considerando la afectación económica debido al Covid-19.
Esto, considerando que la mayoría de las empresas no están generando ingresos y las que los tienen, no alcanzan los niveles óptimos, sin embargo se han visto obligados a seguir pagando salarios a todos sus trabajadores, a pesar de no estar laborando.
Destacó que si bien es obligatoria la cobertura de esta disposición, ya que corresponde al ejercicio fiscal del 2019, consideró que es posible buscar acuerdos entre los empleados y los patrones, para que la carga económica no sea tan pesada para las empresas.
“Lo que se puede hacer es establecer convenios para pagar de una manera escalonada, como por ejemplo, una parte en mayo y otra en junio o julio”, dijo el funcionario estatal, quien remarcó que este derecho laboral se encuentra establecido en la Ley del Trabajo, por lo que es irrenunciable.
Manifestó que hay empresas que se han acercado a la institución a su cargo, para preguntar si es obligatorio pagar la prestación, a lo cual se les ha respondido que sí, pero que ante la contingencia actual, es factible conciliar con los empleados.
Algunas han expresado que no cuentan con los recursos para hacerlo, puesto que apenas si logran sacar lo de la nómina, por lo que en ese sentido, se propone buscar esos acuerdos, para cubrir los montos de manera diferida o en plazos, a fin de no afectar a la fuente de empleo.
Gustavo Hernández Vela, destacó que persiste la obligatoriedad de cubrir las utilidades de 2019, debido a que ya se generaron y por lo tanto, el trabajador debe recibirlas, independientemente de la etapa del coronavirus, quedando solamente por determinar los plazos en que se pueden pagar.
En este año, el reparto de utilidades se debe cubrir del 1 de abril al 30 de mayo, en el caso de personas morales o empresas, y del 1 de mayo al 29 de junio, tratándose de personas físicas o aquellos individuos que tienen actividad empresarial. (Por: Arturo Nieves).