Abren registro para interesados en participar como Observador Electoral en BCS

Abren registro para interesados en participar como Observador Electoral en BCS

La Paz, BCS.-El Instituto Estatal Electoral (IEE) de Baja California Sur, dio a conocer la convocatoria a los ciudadanos mexicanos que cumplan los requisitos establecidos en los artículos 217, numeral 1 de la Ley General de Instituciones y Procedimientos Electorales (LGIPE) y 188, numeral 1 del RE y que deseen participar como Observadores Electorales en el Proceso Electoral 2020-2021, a solicitar su registro y presentar su documentación.

A través de la convocatoria se precisa que las personas que deseen ejercer su derecho a participar como Observadores Electorales, deben sujetarse a lo siguiente:

-Obtener su acreditación ante la autoridad electoral.

-Señalar en su escrito de solicitud sus datos de identificación personal y manifestación expresa de que se conducirá conforme a los principios de imparcialidad, objetividad, certeza y legalidad y sin vínculos a partido u organización política alguna.

-Los derechos, obligaciones y sanciones correspondientes a la observación electoral se estipulan en los artículos 217, numeral 1, incisos e), h), i), j) de la LGIPE y 204 del RE. Presentar su solicitud de forma personal o a través de la organización a la que pertenezcan ante los Presidentes de los Consejos Locales o Distritales correspondientes.

Precisa que sólo se otorgará acreditación a quien cumpla con los siguientes:

-Ser ciudadano mexicano en pleno goce de sus derechos civiles y políticos.

-No ser, ni haber sido miembro de dirigencias nacionales, estatales o municipales de organización o de partido político alguno en los tres años anteriores a la elección.

-No ser, ni haber sido candidato a puesto de elección popular en los tres años anteriores a la elección.

-Realizar los cursos de capacitación, preparación o información que impartan el Instituto o las propias organizaciones a las que pertenezcan los y las observadoras electorales.

-No encontrarse en los supuestos de los artículos 205 y 206 del RE.

Las solicitudes de acreditación como Observadores Electorales se recibirán ante los Consejos Locales y Distritales del INE, de manera presencial o en línea a través del portal público, a partir de su instalación y hasta el 30 de abril de 2021.

Las solicitudes de acreditación como Observadores electorales se recibirán ante las Juntas Locales y Distritales del INE, de manera presencial o en línea a través del portal público, a partir de la emisión de la presente convocatoria y hasta la fecha de instalación de los Consejos Locales y Distritales.

Concluida la revisión de las solicitudes, se notificará a la persona para que realice el curso de capacitación respectivo, de manera presencial o a través de la plataforma virtual.

Una vez que se acredita el curso de capacitación, y cumplieron con los requisitos, los Consejos Locales y Distritales del INE, aprobarán y entregarán las acreditaciones correspondientes.