Podrán hacer adjudicación directa gobiernos de BCS cuando el importe no exceda 226 mil pesos

Podrán hacer adjudicación directa gobiernos de BCS cuando el importe no exceda 226 mil pesos

Abril 08, 2022

La Paz, BCS.-Con la reforma a la Ley de Adquisiciones recientemente aprobada por el Pleno del Congreso del Estado de Baja California Sur, se regulan las acciones relativas a la planeación, programación, presupuestación, contratación, gasto, control de adquisiciones y arrendamientos de bienes muebles y la prestación de servicios de cualquier naturaleza, afirmó el diputado Enrique Ríos Cruz.

Destacó que con esto, los integrantes de la XVI Legislatura, en la sesión del pasado 7 de abril se aprobó la corrección de una inconsistencia en la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Estado.

El error que contenía dicho artículo es que no establecía una hipótesis que dijera qué procedimiento utilizar cuando las contrataciones oscilen entre dos mil 352 a cuatro mil 4701 UMA’s.

De esta forma quedó como sigue: a) se podrá contratar por adjudicación directa cuando el importe no exceda de dos mil 351 UMA’s y b) se podrá contratar por invitación a cuando menos tres personas cuando el importe sea superior a dos mil 351 UMA´s y hasta 12 mil 821 UMA´s.

Así mismo, establece que como regla general que las adquisiciones, arrendamientos y servicios se adjudicarán a través de licitaciones públicas, a fin de asegurar al Estado las mejores condiciones disponibles en cuanto a precio, calidad, financiamiento y oportunidad.

Como excepción a la regla, la propia ley establece diversas hipótesis bajo los cuales se puede optar por no llevar a cabo el procedimiento de licitación pública y una de esas hipótesis se refiere a los montos de contratación arriba señalados, establecidos en el artículo 53.