No procedió denuncia de Alicia Uribe contra Carlos Rochín en disputa de pluri

No procedió denuncia de Alicia Uribe contra Carlos Rochín en disputa de pluri

La Paz, BCS.-No procedió la denuncia que presentó Alicia Uribe Figueroa, en contra del presidente del Partido Acción Nacional (PAN) en Baja California Sur, Carlos Rochín Álvarez, por supuesta violencia política contra las mujeres en razón de género, en la disputa por la primera posición de la lista de candidaturas plurinominales a Diputaciones Locales.

En la sesión ordinaria, el pleno del Tribunal Estatal Electoral (TEE) dio su voto a favor del proyecto de sentencia de la ponencia a cargo de Sara Flores de la Peña, donde se estableció que no se configuró la argumentación de la denunciante, como tampoco que se le hayan obstaculizado sus derechos políticos electorales.

Como se recordará, Alicia Uribe se inconformó a través de sus redes sociales, porque siendo panista, se le dejó en la posición cinco de la lista de candidaturas plurinominales a las Diputaciones Locales, lo que no le garantiza ocupar una curul, mientras que a la militante del Partido Humanista, Daniela Rubio, se le adjudicó el primer lugar, con lo cual tiene asegurada su llegada a la próxima Legislatura local.

Ante las muestras de respaldo recibidas en la red social, la inconforme procedió a formalizar su queja ante el órgano electoral, el cual tras analizar el caso, determinó declarar improcedentes los elementos de prueba expuestos por Alicia Uribe.

El resolutivo estableció que al analizar los hechos y pruebas contenidos en los escritos de denuncia y contestación, así como las inspecciones realizadas por el Instituto Estatal Electoral (IEE), se concluyó que en el presente asunto no se configuró la violencia política contra las mujeres en razón de género.

Se sostiene que en el acto denunciado, no se aprecia ninguna conducta que tuviera por objeto o resultado, menoscabar los derecho políticos electorales de la denunciante, basado en algún elemento de género o que mostrará una diferencia desproporcional entre hombres y mujeres.

En otro orden, durante la sesión el TEE también desechó la impugnación presentada por el regidor suplente del Ayuntamiento de Los Cabos, Ramón Duarte Vázquez, quien argumentó que no fue llamado a suplir al titular, cuando este solicitó licencia al cargo.

El organismo electoral determinó que la queja es improcedente, porque el propietario de la décima Regiduría, se incorporó con anticipación a su cargo, tras la licencia temporal de 30 días que había solicitado, por lo que se estableció la causal de sobreseimiento, al desaparecer las causas de la impugnación. (Por: Arturo Nieves).